Àrees de práctica · Falsos autònoms

Falsos autónomos
y TRADE.

Reclamación de relació laboral encubierta y regularización ante la Tesorería General de la Seguretat Social. Defensa de empreses en inspecciones por presunta laboralidad. Plataformas digitales y Ley Rider.

El falso autónomo, una de las grandes batallas laborales

El falso autónomo es el treballador que, pese a estar formalmente dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y emitir facturas, en la realidad presta sus serveis bajo las características de una relació laboral. Esta figura supone para el treballador la pérdida de derechos básicos (vacances, pagas extras, indemnització por acomiadament, prestación por desempleo) y para la Seguretat Social una merma significativa de cotitzacions.

En Zamora Advocats Laboralistas defendemos tanto a treballadors que reclaman su laboralidad como a empreses que necesitan revisar sus modelos de colaboración para evitar riesgos.

El concepto jurídic de laboralidad

El artículo 1.1 del Estatut dels Treballadors establece los rasgos definitorios de la relació laboral, que la jurisprudència analiza para detectar la laboralidad encubierta:

RasgoDescripción
VoluntariedadPrestación libre de serveis
PersonalServicios prestados personalmente, sin posibilidad de sustitución
RetribuciónPago periódico, fijo o variable
AjenidadLos frutos del treball van al empleador
DependenciaSometimiento al ámbito organizativo del empleador

Los indicios de laboralidad encubierta

La jurisprudència del Tribunal Supremo ha consolidado un catálogo de indicios cuya concurrencia apunta a laboralidad pese a la apariencia de autonomía:

  • Exclusividad o cuasi exclusividad con un solo client
  • Horarios fijados por el client
  • Lugar de treball en oficinas del client
  • Medios de producción propiedad del client (ordenador, software, vehículo, herramientas)
  • Vacances autorizadas por el client
  • Prohibición de subcontratar o de prestar serveis a competencia
  • Retribución fija por unidad de tiempo (no por obra)
  • Integración en la organización del client (correo corporativo, tarjeta de empleado)
  • Ausencia de riesgo empresarial propio del autónomo
  • Imagen: clients finales perciben al treballador como empleado del client

El TRADE: figura intermedia

El Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente (TRADE), regulado en la Ley 20/2007 del Estatuto del Treball Autónomo, es la figura intermedia para autónomos que dependen económicamente de un solo client al menos al 75%. Tiene derechos específicos:

  • Contracte escrito obligatorio registrado en SISPE
  • Vacances anuales de 18 días
  • Posibilidad de extinción con indemnització
  • Jurisdicción social para conflictos
  • Conciliación de la vida personal y familiar

Plataformas digitales y Ley Rider

El Tribunal Supremo, en sentència de pleno de 25 de septiembre de 2020 (caso Glovo), declaró la laboralidad de los repartidores. La Ley 12/2021 (Ley Rider) ha consolidado esta doctrina mediante el nuevo artículo 18 bis del Estatut dels Treballadors, que establece la presunción de laboralidad para quienes prestan serveis retribuidos en el reparto a través de plataformas que gestionan algorítmicamente las condiciones laborales.

La Inspecció de Treball está realizando regularizaciones masivas en este sector, con altas de oficio en Régimen General y sanciones a las plataformas.

Cómo reclamar la laboralidad

Recopilación de prueba

Contratos mercantiles, facturas, comunicacions que acrediten dependencia (emails con instrucciones, asignación de tareas), capturas de plataformas o herramientas internas, testimonios.

Denuncia ante Inspecció de Treball

Via recomendable: la Inspección puede acceder a documentación que el treballador no posee. El acta inspectora reconociendo la laboralidad tiene presunción de veracidad.

Demanda de reconocimiento de relació laboral

Ante el Jutjat Social, solicitando declaración de laboralidad y reclamando diferencias retributivas, vacances y antiguitat real.

Acción de acomiadament si la empresa rescinde

Si tras la reclamación la empresa termina la colaboración, se ejercita acción de acomiadament en el termini de 20 días reclamando la indemnització por acomiadament improcedent.

Riesgos para las empreses

Exposición empresarial

Los falsos autònoms generan responsabilidades severas: liquidación de cuotas a la Seguretat Social hasta 4 años atrás con recargos del 20% e intereses; sanciones LISOS de hasta 225.018€ por treballador; pérdida de bonificaciones; eventual responsabilidad penal por delito contra los derechos de los treballadors (art. 311 CP) en casos graves; y daño reputacional.

Regularización preventiva

Asesoramos a empreses con autónomos en su estructura para:

  • Auditoría de las relaciones de colaboración existentes
  • Identificación de relaciones de riesgo (con indicios de laboralidad)
  • Diseño de planes de regularización con altas voluntarias
  • Reestructuración de modelos de colaboración para reducir riesgo
  • Negociació con la Inspecció de Treball en supuestos de actuación previa
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Autor — Advocat laboralista colegiado
[Nombre del advocat titular]
Advocat laboralista con [X] años de experiencia, colegiado en el Il·lustre Col·legi de l'Advocacia de Barcelona (núm. [XXXXX]). Especialista en la frontera entre relació laboral y mercantil, plataformas digitales y reclamaciones de laboralidad.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se sabe si soy un falso autónomo? +
Indicios principales: ajenidad, dependencia, retribución fija, exclusividad o cuasi exclusividad, uso de medios del client, horarios fijados, integración en la organización, prohibición de subcontratar. La concurrencia de varios apunta a laboralidad encubierta.
¿Qué puedo reclamar si soy falso autónomo? +
Reconocimiento de relació laboral, diferencias salarials, vacances no disfrutadas, pagas extras, antiguitat real des de el inicio, cotitzacions, e indemnització por acomiadament improcedent (33 días/año) si la empresa rescinde tras la reclamación.
¿Qué es el TRADE? +
El Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente (Ley 20/2007) es la figura intermedia para autónomos con un client que les genera al menos el 75% de los ingresos. Tiene derechos específicos: contracte escrito, 18 días de vacances, jurisdicció social, indemnització en algunos supuestos.
¿Qué pasa con los riders? +
Tras la STS de 25/09/2020 (Glovo) y la Ley 12/2021 (Ley Rider), los repartidores de plataformas digitales son treballadors por cuenta ajena. El art. 18 bis ET establece presunción legal de laboralidad para quienes prestan serveis bajo gestió algorítmica.
¿Qué riesgo tiene una empresa con falsos autònoms? +
Liquidación de cuotas a la Seguretat Social hasta 4 años atrás con recargos del 20%; sanciones LISOS hasta 225.018€ por treballador; pérdida de bonificaciones; reclamación del treballador; eventual delito contra los derechos de los treballadors (art. 311 CP).

¿Eres falso autónomo? ¿Empresa con riesgo?

Asesoramos a ambas partes con estricta separación de equipos. La regularización temprana minimiza riesgos.

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