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Acomiadament improcedent,
nulo, disciplinario y objetivo.

Análisis técnico de las cuatro modalidades de acomiadament en dret laboral español: indemnització aplicable, terminis críticos, requisitos formales, doctrina del Tribunal Supremo y jurisprudència más reciente del TSJ Catalunya. Defensa ante los Jutjats Socials.

Concepto y modalidades

Las cuatro modalidades de acomiadament.

El acomiadament es la decisión unilateral del empresari de extinguir el contracte de treball. El dret laboral español regula cuatro modalidades de acomiadament individual con consecuencias jurídiques y económicas radicalmente distintas segons la causa alegada y el cumplimiento de los requisitos formales:

  1. Acomiadament disciplinari (art. 54 ET): por incumplimiento grave y culpable del treballador.
  2. Acomiadament objectiu (art. 52 ET): por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción, ineptitud sobrevenida, falta de adaptación, faltas de asistencia o causas tasadas.
  3. Acomiadament col·lectiu (art. 51 ET): quan afecta a un número de treballadors que supera los umbrales legales en un período de 90 días.
  4. Acomiadament por voluntad del treballador (art. 50 ET): no es propiamente acomiadament, sino extinción a instancia del treballador con derecho a indemnització por incumplimientos graves del empresari.

Una vez producido el acomiadament, el treballador puede impugnarlo ante el Jutjat Social, y el juez calificará la decisión empresarial como procedente, improcedente o nula, con consecuencias económicas distintas para cada caso.

Calificación judicial

Procedente, improcedente o nulo.

Acomiadament procedente

El acomiadament es procedente quan el empresari acredita la causa legal alegada y cumple los requisitos formales (carta de acomiadament por escrito, contenido suficiente, comunicació efectiva). En el acomiadament procedente disciplinario, el treballador no percibe indemnització; en el procedente objetivo o colectivo, percibe una indemnització de 20 días de salari por año de servei con tope de 12 mensualidades.

Acomiadament improcedent

El acomiadament es improcedente quan: (a) no se acreditan las causas alegadas por la empresa, o (b) no se cumplen los requisitos formales. En este caso, el empresari puede optar entre readmitir al treballador con abono de salaris de tramitació, o indemnizar con 33 días de salari por año de servei (tope 24 mensualidades).

Jurisprudència · STS 736/2025
El Tribunal Supremo cierra la posibilidad de indemnitzacions adicionales

La sentència del Tribunal Supremo 736/2025 ha consolidado la doctrina de que la indemnització tasada del artículo 56.1 ET es la única aplicable en acomiadament improcedent, sin que los juzgados puedan otorgar indemnitzacions adicionales por lucre cessant derivadas del Convenio 158 OIT o del artículo 24 de la Carta Social Europea. El Supremo confirma así una línea iniciada con un caso resuelto inicialmente por el Jutjat Social nº 3 de Barcelona, donde se había concedido una indemnització adicional de 5.410,36 € por lucre cessant, posteriormente revocada por el TSJ Catalunya.

Acomiadament nul

El acomiadament es nulo quan vulnera derechos fundamentales del treballador o se produce en supuestos tasados legalmente. La nulidad conlleva readmissió obligatòria del treballador (sin opción para el empresari), abono de salaris de tramitació des de la fecha del acomiadament hasta la efectiva readmisión, e indemnització adicional por danys morals que puede alcanzar cifras significativas.

Son causas de nulidad, entre otras:

  • Acomiadament durant el embarazo, maternidad, paternidad, lactancia o reducción de jornada por cuidado de familiares.
  • Acomiadament por discriminació (sexo, edad, religión, orientación sexual, raza, discapacidad).
  • Acomiadament como represalia tras reclamación del treballador (garantía de indemnidad).
  • Acomiadament vulnerando libertad sindical o derecho de huelga.
  • Acomiadament individual que debiera haber seguido el procedimiento del acomiadament col·lectiu.
  • Acomiadament por causa de mobbing o acoso, sin justificación independiente.
Jurisprudència · STSJ Catalunya 1827/2025
Acomiadament nul por mobbing: 50.000 € de indemnització por danys morals

La STSJ Catalunya 1827/2025, dictada por la Sala Social de Barcelona, confirmó la declaración de nulidad de un acomiadament producido durant una baja por incapacidad temporal en un contexto de assetjament laboral. La sentència condenó a la empresa ASEMSA S.A. a la readmisión y al pago de una indemnització por danys morals de 50.000 euros, reconociendo la vulneración del derecho a la integridad física (art. 15 CE).

Cuantías y terminis

Indemnització actualizada a 2026.

Los importes de indemnització dependen del tipo de acomiadament, su calificación judicial y la antiguitat del treballador en la empresa. Estos son los datos vigentes en 2026.

Cómo se calcula la indemnització

La indemnització se calcula multiplicando el salari diario bruto (incluido prorrateo de pagas extras) por los días que correspondan segons la modalidad del acomiadament y la antiguitat del treballador. Los períodos inferiores al año se prorratean por meses.

Ejemplo de cálculo
Trabajador con salari bruto anual de 30.000 € y 6 años de antiguitat, acomiadament improcedent posterior a 2012:
Salari diario = 30.000 € / 365 = 82,19 €
Indemnització = 82,19 € × 33 días × 6 años = 16.273,62 €
≈ 16.274 € de indemnització
El tope de 24 mensualidades opera quan 33 × años > 720 días, es decir, a partir de 22 años de antiguitat aproximadamente. Para serveis anteriores a 12-2-2012 se aplica el régimen transitorio con cálculo separado de cada tramo.
Plazos y procedimiento

Plazos críticos: 20 días.

!
El termini de 20 días es de caducitat
Conforme al artículo 59.3 ET, el termini para impugnar un acomiadament es de 20 dies hàbils (no naturales) des de el día siguiente a la fecha de efectos del acomiadament. Es termini de caducitat: si se supera, se pierde definitivamente el derecho a reclamar, sin posibilidad de subsanación posterior.

Fases del procedimiento

  1. Recepción de la carta de acomiadament. Documento esencial: define la causa concreta y los hechos imputados. La empresa no puede luego añadir motivos no consignados.
  2. Análisis técnico de la carta. Verificación de la causa, requisitos formales (suficiencia descriptiva, aviso previo en su caso, puesta a disposición de la indemnització en acomiadaments objetivos).
  3. Papeleta de conciliación SMAC. Trámite obligatorio previo a la demanda (art. 63 LRJS). Suspende el termini de caducitat hasta el acto de conciliación.
  4. Acto de conciliación. Negociació con la empresa. Si hay avenencia, el acuerdo tiene fuerza ejecutiva.
  5. Demanda judicial. Si no hay avenencia, presentación de demanda ante el Jutjat Social en los días que queden del termini original.
  6. Juicio. Vista oral con prueba documental, testifical, pericial.
  7. Sentència. Calificación del acomiadament como procedente, improcedente o nulo.
  8. Recurso de suplicación (en su caso) ante el TSJ Catalunya.
Requisitos formales

La carta de acomiadament.

La carta de acomiadament es el documento clave del procedimiento. Debe cumplir requisitos formales rigurosos cuya inobservancia genera la improcedencia automática:

  • Forma escrita (excepto acomiadament verbal, igualmente improcedente).
  • Causa concreta: hechos suficientemente descritos, fechas concretas, identificación de la conducta imputada o de la causa empresarial.
  • Fecha de efectos a partir de la cual se extingue el contracte.
  • Comunicación efectiva: entrega en mano con firma del treballador, burofax, conducto notarial. La comunicació por email puede ser declarada improcedente si no se ha pactado expresamente esa via.
  • En acomiadaments objetivos: preaviso de 15 días y puesta a disposición simultánea de la indemnització en cuenta corriente, salvo causa económica que justifique el retraso (art. 53.1.b ET).
Jurisprudència · STSJ Catalunya 2096/2024
Acomiadament por email declarado improcedente: 39.786 € de indemnització

El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, en sentència 2096/2024 de 10 de abril, declaró improcedente un acomiadament comunicado por correo electrónico de la empresa Bon Preu SAU. La treballadora no había aceptado expresamente esa via de comunicació y no constaba prueba de que el certificado del email hubiera sido efectivamente abierto por ella. El TSJ revocó la sentència de primera instancia y condenó a la empresa a la readmisión o al pago de una indemnització de 39.786 euros. La sentència consolida la doctrina de que el email no es via válida de comunicació de acomiadament salvo aceptación expresa previa del treballador.

Preguntes freqüents

Lo que más nos preguntan.

¿Cuánto se cobra por un acomiadament improcedent en 2026?

La indemnització es de 33 días de salari por año de servei, prorrateándose por meses los períodos inferiores al año, con un tope máximo de 24 mensualidades (art. 56.1 ET).

Para serveis prestados antes del 12 de febrero de 2012 se aplica el régimen transitorio de 45 días/año hasta esa fecha, con tope de 42 mensualidades. La STS 736/2025 ha consolidado que esta indemnització tasada es la única aplicable.

¿Cuál es el termini para impugnar un acomiadament?

El termini es de 20 dies hàbils des de la fecha de efectos del acomiadament (art. 59.3 ET). Es termini de caducitat: si se supera, el derecho se pierde definitivamente.

Antes de la demanda judicial debe presentarse la papeleta de conciliación SMAC, que suspende el termini hasta el acto de conciliación.

¿Qué es un acomiadament nul y qué consecuencias tiene?

El acomiadament nul es aquel que vulnera derechos fundamentales o causas tasadas (embarazo, conciliación, represalia, discriminació). La consecuencia es:

  • Readmisión obligatoria del treballador (sin opción para el empresari).
  • Salaris de tramitació des de la fecha del acomiadament hasta la efectiva readmisión.
  • Indemnització adicional por danys morals, que en algunos casos ha alcanzado cifras como los 50.000 € de la STSJ Catalunya 1827/2025.
¿Es válido un acomiadament comunicado por email o WhatsApp?

El acomiadament por email puede ser declarado improcedente por defecto formal si el treballador no había aceptado expresamente esa via de comunicació.

La STSJ Catalunya 2096/2024 declaró improcedente un acomiadament de Bon Preu comunicado por email perquè la treballadora no había consentido esa via. Por WhatsApp ocurre lo mismo: se admite si hay constancia de recepción y aceptación expresa del canal, pero se considera arriesgado.

¿Qué diferencia hay entre acomiadament improcedent y nulo?

El acomiadament improcedent carece de causa o no cumple requisitos formales: el empresari puede optar entre readmitir o pagar 33 días/año (tope 24 mensualidades).

El acomiadament nul vulnera derechos fundamentales: la readmisión es obligatoria, con salaris de tramitació e indemnització por danys morals adicional. La diferencia económica y procesal es muy relevante.

¿Qué hago si me despiden estando embarazada?

El acomiadament durant el embarazo es nulo, salvo que la empresa acredite causa absolutamente ajena (art. 55.5.b ET).

La nulidad procede encara que el empresari alegue desconocer el embarazo. Procede readmissió obligatòria, salaris de tramitació e indemnització adicional por danys morals. La tutela es reforzada por afectar a un derecho fundamental.

¿La empresa puede despedirme estando de baja médica?

La empresa puede despedir durant la baja médica, pero el acomiadament será improcedente si no concurre causa real, y podrá ser declarado nulo si la baja se utiliza como excusa para encubrir un acto discriminatorio (especialmente en bajas largas que puedan calificarse como discapacidad conforme a doctrina del TJUE, asunto Daudi).

La doctrina del TSJ Catalunya ha matizado que la enfermedad sola no equivale a discapacidad: es necesario acreditar larga duración o incertidumbre de curación para activar la protección antidiscriminación.

¿Puedo negarme a firmar la carta de acomiadament?

Sí. Firmar la carta de acomiadament únicamente significa que se ha recibido la comunicació, no que se acepte el acomiadament. Es recomendable firmar añadiendo "no conforme" para dejar constancia.

Si se rechaza la firma, la empresa puede acreditar la entrega con testigos o burofax. Lo crítico es no firmar el quitança sin asesoramiento previo, ya que un quitança firmado conforme puede limitar la posibilidad de reclamación posterior.

Hablemos sobre su acomiadament.

El termini de 20 días corre des de la fecha de efectos. No retrase la consulta inicial: la pérdida del termini es irreversible.

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