Los 20 días hábiles para impugnar un despido empiezan el día siguiente a la fecha de efectos. No cuentan sábados, domingos ni festivos; agosto, por regla general, sí cuenta en los despidos. El ejemplo usa fechas de 2026 sin festivos de por medio.
Ejemplo: despido con efectos del viernes 6 de febrero de 2026
Día 1 del plazo: lunes 9 de febrero
Papeleta presentada el miércoles 18 de febrero: día 8 (contamos el propio día de presentación, que es el criterio prudente)
Días que quedan: 20 − 8 = 12 días hábiles
Acto sin avenencia el jueves 5 de marzo: el plazo se reanuda el viernes 6 de marzo (día 9)
Días 9 a 20: del viernes 6 al lunes 23 de marzo, de lunes a viernes
Último día para presentar la demanda: lunes 23 de marzo de 2026
Si el acto no se hubiera celebrado en los 15 días hábiles siguientes a la papeleta (hasta el miércoles 11 de marzo), el plazo se habría reanudado el jueves 12 y vencería el viernes 27 de marzo, aunque el acto siguiera pendiente.
Presenta la papeleta cuanto antes y prepara la demanda sin esperar al acto. Si dudas de la fecha de efectos, por ejemplo porque te dieron de baja antes de entregarte la carta, toma la más temprana.
Si no hay acuerdo: la demanda
Con el certificado del acta presentas la demanda ante los Juzgados de lo Social de Barcelona, en la Ciutat de la Justícia, dentro de los días que te queden. Debe coincidir en lo sustancial con la papeleta. El día del juicio, antes de empezar, hay un segundo intento de conciliación ante el letrado de la Administración de Justicia.
Si estás en esta situación, en nuestro servicio de abogados de despidos en Barcelona calculamos lo que te corresponde, presentamos la papeleta por el Portal de Conciliacions, te acompañamos al acto y, si no hay acuerdo, preparamos la demanda.